¿Los Acuerdos de Accidente Pagan Impuestos en California?
Buenas noticias escondidas en el código fiscal, por una vez: la mayor parte de un acuerdo de accidente no es ingreso gravable. Las excepciones son específicas, predecibles, y vale conocerlas antes de estructurar nada.
La regla general: la compensación por lesión física no paga impuesto
Según las reglas del IRS, la parte de su acuerdo que cubre lesiones físicas, facturas médicas y el dolor y sufrimiento relacionado casi nunca se considera ingreso gravable a nivel federal.
Por eso muchas personas reciben casi todo su acuerdo sin retención. Aun así, la palabra clave es 'generalmente': hay partes que se tratan distinto.
Las porciones que sí pueden ser gravables
Intereses, punitivos y salarios
No todo recibe el mismo trato:
- Los intereses que se acumulen sobre el monto suelen ser gravables.
- Los daños punitivos, cuando aplican, generalmente sí se consideran ingreso.
- La compensación por salarios perdidos puede tener implicaciones según el caso.
- Una deducción médica que ya tomó por esas lesiones puede tener que reversarse.
Por qué la redacción del acuerdo importa
Coordinar con un profesional de impuestos
La forma en que se reparten y describen las partes en el documento puede afectar cómo pagan impuestos. Un acuerdo que separa la compensación por lesión física de las otras partes deja todo más ordenado.
No damos asesoría fiscal, pero armamos el acuerdo con eso en mente y le recomendamos confirmar los detalles con un contador, sobre todo si el monto es grande.
Acuerdos estructurados para montos grandes
Pagos periódicos para proteger a la familia
En recuperaciones altas a veces conviene un acuerdo estructurado: una serie de pagos a lo largo del tiempo, en lugar de un solo pago. Puede proteger el dinero, sobre todo cuando hay menores.
Es una decisión personal y financiera que se evalúa caso por caso.
Aclare el trato fiscal de su acuerdo antes de aceptar
Antes de firmar conviene entender cómo se arma el acuerdo y qué partes podrían pagar impuestos. Lo revisamos con usted sin costo: (760) 289-3514.
También ayudamos a lesionados en: Pueblo ViejoNorte de CoachellaThermal
Preguntas de Impuestos
¿Me va a llegar un 1099 por mi acuerdo?
No por la parte de lesión física bien asignada. Las rebanadas gravables pueden generar uno — un 1099 sorpresa es motivo de llamar a quien redactó el finiquito.
¿El dinero de dolor y sufrimiento tributa?
No cuando fluye de una lesión física — viaja con la exclusión igual que lo médico.
¿California cobra lo que el IRS no?
California en general se conforma con la exclusión de lesión física.
Mi acuerdo incluye dinero para tratamiento futuro. ¿Tributa?
No — la compensación de cuidado futuro por la lesión física vive dentro de la exclusión.
¿Y la parte de daños del carro?
Los pagos hasta lo que valía el carro no son ingreso — son recuperación de capital.
Deduje facturas médicas del choque el año pasado. ¿Problema?
Esa rebanada regresa como ingreso cuando el acuerdo la reembolsa. Avísele a su preparador.
¿Conviene un acuerdo estructurado?
En recuperaciones grandes, a veces — los pagos periódicos conservan la exclusión y suman planeación. Es decisión de antes de firmar.
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